¿Exportas servicios desde Colombia a Estados Unidos u otro país y te han dicho que puedes solicitar la devolución del IVA? ¿No sabes si debes registrar un contrato o si necesitas presentar algo ante la DIAN o el Ministerio de Comercio? Aquí te explicamos paso a paso qué debes hacer, qué es obligatorio y qué puedes aprovechar para que tu empresa esté al día y no pierdas beneficios tributarios. Exportación de servicios desde Colombia: obligaciones y requisitos
¿Qué se considera exportación de servicios en Colombia?
Se considera exportación de servicios cuando:
- El servicio es prestado desde Colombia hacia el exterior.
- El beneficiario o usuario del servicio está domiciliado fuera del país.
- El servicio es usado o explotado exclusivamente en el exterior.
Cuando se cumplen estas condiciones, la operación se trata como una exportación, y los ingresos obtenidos:
✅ Están exentos de IVA (Artículo 481 del Estatuto Tributario).
✅ Generan un saldo a favor de IVA que puede ser solicitado en devolución, si eres empresa. En los terminos de los artículos “2.10.2.6.11. Servicios exentos con derecho a devolución” y “2.10.2.6.12. Requisitos de la exención” del DUR 1080.
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¿Debo presentar una DEX (Declaración de Exportación)?
No.
La DEX solo aplica para exportación de bienes físicos. En el caso de servicios, no se presenta DEX ante la DIAN.
¿Qué obligaciones tengo como exportador de servicios?
Aquí vienen los puntos clave, tanto si buscas devolución del IVA como si solo prestas el servicio:
1. Emitir factura electrónica correctamente
Obligatorio.
Debes emitir factura electrónica con validación previa, cumpliendo los siguientes requisitos:
- Tipo de operación: Exportación.
- Cliente del exterior identificado con el NIT: 444444401.
- País destino: el que corresponda (Ej. Estados Unidos = código 840).
- Indicar que el servicio es exento de IVA según Art. 481.
- Incluir la leyenda: “Servicio exento de IVA por exportación”.
📝 Importante: La factura debe estar relacionada directamente con un contrato o soporte comercial que demuestre la exportación.
2. Registrar el contrato de exportación en la VUCE
Obligatorio si vas a solicitar la devolución del IVA.
Debes registrar el contrato o acuerdo comercial en la VUCE (Ventanilla Única de Comercio Exterior) del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
¿Qué se puede registrar?
- Un contrato firmado con el cliente extranjero.
- En ausencia de contrato, una declaración unilateral firmada por el representante legal que describa el objeto del servicio, su valor, el beneficiario y condiciones de prestación.
¿Cómo hacerlo?
- Ingresar a www.vuce.gov.co.
- Crear usuario si no lo tienes.
- Ingresar al módulo de Exportación de Servicios.
- Cargar la declaración escrita del contrato o declaración unilateral.
- Esperar la aprobación y conservar el número de radicación.
🧠 Conclusión práctica
Situación | ¿Debo registrar el contrato en VUCE? |
---|---|
Solo presto servicios y facturo al exterior | No obligatorio, pero recomendable |
Quiero solicitar devolución de IVA por exportación | Sí, obligatorio |
Me acojo a beneficios del MinCIT o TLC | Sí, obligatorio |
No tengo contrato formal escrito | Puedes presentar una declaración unilateral firmada por el representante legal |
3. Registrar el ingreso de divisas en el Banco de la República
Obligatorio.
Toda exportación de servicios que implique el ingreso de divisas debe ser reportada mediante el Formulario 10 a través del banco intermediario (tu banco comercial).
Aunque lo hace el banco, debes:
- Indicar que es un ingreso por exportación de servicios.
- Solicitar el comprobante.
- Conservar el soporte para fines fiscales.
4. Registrar los ingresos contablemente y reportar en exógena
Debes registrar el ingreso en tu contabilidad como ingresos por prestación de servicios en el exterior, y reportarlo correctamente en la información exógena anual con los códigos correspondientes.
¿Qué requisitos debo cumplir para solicitar devolución del IVA?
Para solicitar la devolución del IVA generado por exportaciones de servicios exentos, debes cumplir con los siguientes requisitos:
✅ Estar inscrito como responsable de IVA.
✅ Tener facturación electrónica correcta.
✅ Haber registrado el contrato en VUCE previamente.
✅ Tener ingresos reales en divisas registrados en el Banco de la República.
✅ Solicitar la devolución dentro del término legal: 2 años siguientes al periodo en que se generó el saldo a favor.
✅ Presentar la declaración de IVA con el saldo a favor correctamente registrado.
📁 Y además debes tener a la mano:
- Contrato registrado en VUCE.
- Facturas electrónicas validadas.
- Certificación bancaria del ingreso de divisas.
- Copia del RUT actualizado.
- Estado de cuenta de devoluciones anteriores (si las hay).
- Conciliación de saldos de IVA, si aplica.
¿Qué pasa si soy persona natural sin empresa?
Si eres una persona natural sin empresa y prestas servicios al exterior:
- También debes facturar electrónicamente.
- Estás exento de IVA si cumples las condiciones del Art. 481.
- No puedes solicitar devolución de IVA por no estar registrado como responsable ni cumplir los requisitos contables.
¿Qué no se puede hacer?
🚫 No puedes solicitar devolución de IVA si no has registrado el contrato en VUCE.
🚫 No puedes facturar como exportación si el servicio se consume en Colombia.
🚫 No puedes reportar ingresos de exportación sin el soporte del ingreso de divisas.
🚫 No puedes usar el NIT 444444401 si el cliente realmente está domiciliado en Colombia.
🧾 Cuadro resumen: Obligaciones clave para exportadores de servicios
Actividad | ¿Es obligatoria? | ¿Para qué sirve? | ¿Quién debe hacerla? |
Factura electrónica con tipo exportación | ✅ Sí | Soporte fiscal y tributario | Empresas y personas naturales |
Registro del contrato en VUCE | ✅ Sí (si vas a pedir devolución de IVA) | Soporte legal ante DIAN y MinCIT | Solo empresas |
Registro del ingreso de divisas (Formulario 10) | ✅ Sí | Demostrar ingreso por exportación | A través del banco |
Declaración de IVA con saldo a favor | ✅ Sí | Solicitar devolución de saldos exentos | Solo empresas responsables de IVA |
Solicitud de devolución de IVA | Opcional, pero recomendable | Recuperar flujo de caja | Solo empresas |
Información exógena | ✅ Sí | Reporte a la DIAN | Empresas |
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🎯 Conclusión
Exportar servicios desde Colombia es una excelente oportunidad para internacionalizar tu empresa y acceder a beneficios tributarios como la exención de IVA y la devolución de saldos a favor. Sin embargo, debes cumplir ciertos requisitos contables, tributarios y comerciales para no perder esos beneficios y estar blindado ante cualquier requerimiento de la DIAN. ¿Tienes dudas sobre cómo facturar, registrar tu contrato o solicitar devolución del IVA?
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